El presente Decreto Supremo tiene el objetivo de reglamentar la aplicación del Impuesto Directo a los Hidrocarburos.
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Asigna responsabilidades específicas a las instituciones del Estado, en el proceso de fiscalización de la producción, transporte, refinación y comercialización de los hidrocarburos.
SE MODIFICA EL ARTICULO 8 DEL DECRETO SUPREMO N 28223 de 27 DE JUNIO DE 2005,.- (DISTRIBUCION DEL IMPUESTO DIRECTO A LOS HIDROCARBUROS – IDH Y ASIGNACION DE COMPETENCIAS).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar el Artículo 6 de la Ley de Hidrocarburos.
Apruébanse los siguientes reglamentos de la Ley de Hidrocarburos No. 1689 de fecha 30 de abril de 1996.
Apruébanse los siguientes reglamentos de la Ley de Hidrocarburos Nº 1689 de 30 de abril de 1996 (ver archivo adjunto).
REGLAMENTO DE LA ORGANIZACION INSTITUCIONAL DEL SECTOR DE HIDROCARBUROS.
Perforación de uno o más pozos exploratorios.
El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer nuevos Márgenes de Transporte y Refinería para el Gas Licuado de Petróleo – GLP.