Repam recomienda protección específica y prioritaria de pueblos en aislamiento voluntario (7.2.19)
La Red Eclesial Pan Amazónica recomienda replantear concepto de “interés nacional” por “interés común o público” sobre actividades extractivas.
Indígenas de Brasil contra las centrales eléctricas. Foto: Marcio Isensee e Sá
La Paz, 14 febrero (ANF).- La Red Eclesial Pan Amazónica (Repam) en su informe regional “Vulneración de Derechos Humanos en la Panamazonía: tejiendo redes de resistencia y lucha en Colombia, Brasil, Ecuador, Perú y Bolivia”, recomienda la protección específica y prioritaria de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario (PIAV) y sugiere replantear el concepto de “interés nacional” por “interés común o público” en relación a las actividades extractivistas.
“La Repam recomienda la protección específica y prioritaria de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario (PIAV); ampliar sus zonas de protección denominadas zonas intangibles tomando en cuenta sus territorios de asentamiento, sus corredores de cacería y movilidad”, señala partes salientes del informe.
En esa línea, recomendó el reconocimiento y delimitación a nivel nacional, regional e internacional de los territorios integrales, como parte de una estrategia y respuesta de las propias organizaciones y pueblos indígenas que deciden gestionar y controlar sus propios territorios de acuerdo a sus costumbres, tradiciones, creencias y decisiones políticas.
La Red Eclesial Pan Amazónica consideró que los Estados tienen la obligación de cumplir sus obligaciones internacionales en el marco de los Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas y regionales enmarcados en la Organización de Estados Americanos respecto al Derecho Humano al hábitat.
“A los Estados de origen de las empresas extractivas, hidráulicas, agropecuarias etcétera, asegurarse, mediante la adopción de leyes y medidas políticas y administrativas, que las empresas –cuyas casas matrices se encuentran bajo su jurisdicción respeten los derechos humanos cuando operen fuera de sus territorios. Las empresas exploradoras también deben asumir la responsabilidad de los daños que su intervención ha generado sobre los derechos de las poblaciones locales”, señala el informe.
Caso boliviano
En el caso boliviano, como consecuencia de las actividades de exploración sísmica en el Bloque Nueva Esperanza a cargo de la china BGP, se registraron afectaciones en aproximadamente 1.008 kilómetros en la selva amazónica del norte de La Paz y se puso de manifiesto la presencia de un pueblo en aislamiento voluntario, probablemente Toromonas.
Este suceso motivó a la Central de Comunidades Indígenas Tacanas II Río Madre de Dios (CITRMD), al Centro de Documentación Bolivia (Cedib) y al Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS) fundamentar un recurso cautelar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el marco del derecho internacional y nacional.
El informe documentado se basó en diferentes reportes de avistamientos y recolección de indicios emitidos por los monitores ambientales indígenas, pero también por los topógrafos y operarios de la BGP que alertaron a la estatal YPFB de la presencia del pueblo en situación de alta vulnerabilidad.
La denuncia en el ámbito internacional también se presentó en ocasión del tercer ciclo del Examen Periódico Universal (EPU) realizado a la República Popular de China en Ginebra ante los miembros del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Bajo el rótulo de “Incumplimiento de las obligaciones extraterritoriales de la República Popular de China sobre los derechos de los pueblos indígenas Tacana y Toromona por la empresa National Petroleum Corporation (CNPC), el Cedib y la CITRMD elaboraron el informe sobre lo que significó la incursión de la china BGP al Bloque Nueva Esperanza, con actividades de exploración sísmica.
El Colectivo sobre Financiamiento e Inversiones Chinas, Derechos Humanos y Ambiente (CICDHA) consideró al EPU una oportunidad para que China demuestre su compromiso con la gobernanza global y desarrolle mecanismos de debida diligencia en materia de derechos humanos.
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