Proyecto de Ley Minera fija topes para regalías (Opinión, 16.07.13)
El proyecto de la nueva Ley Minera propone que los operadores quedarán liberados del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) si las cotizaciones son bajas. Además, sube los topes para la acreditación del pago de la regalía minera a cuenta del IU.
Por ejemplo, en el caso de la plata se señala un precio de 23 dólares la libra fina, pero si la cotización es menor a este monto los operadores privados y la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) no pagarán el IUE. En el artículo 205, sobre el régimen impositivo, del proyecto de ley, al que tuvo acceso Página Siete, determina que “se establece la acreditación de la regalía minera efectivamente pagada contra el IUE, sólo cuando la cotización oficial de cada metal o mineral al momento de liquidar la regalía sea inferior a las cotizaciones señaladas”.
El techo para la plata es 23 dólares la onza troy, actualmente está en 5.55 dólares (según dispuso la Ley 3787 del 24 de noviembre de 2007); el zinc se eleva de 0.53 a 0.80 dólares la libra fina; el plomo de 0.30 a 0.90 dólares la libra fina; el estaño de 2.90 a 8.40 dólares la libra fina. Si el precio es inferior a estos topes, no se pagará el IUE.
Si en la actualidad se aplicara esta propuesta de acreditación de la regalía, las empresas privadas y Comibol no pagarían este impuesto por la explotación y exportación de la plata, debido a que el precio internacional de este metal se cotiza en 19.82 dólares la onza troy, según datos Ministerio de Minería.
Hay que recordar que en el país los principales minerales que se explotan, de acuerdo al siguiente orden son plata, zinc, plomo y estaño. Del total de las regalías mineras que reciben las regiones productoras, el 30 por ciento es por la plata. En el caso del oro, la extracción, en su mayoría, es realizada por los cooperativistas, quienes están liberados del IUE.
En el artículo 204, el proyecto de ley ratifica que las personas individuales y colectivas que realicen actividades mineras en el país están sujetas en todos sus alcances al régimen impositivo vigente.