La industrialización minera es prioritaria según anteproyecto (Plataformaenergetica, 13.5.13)
Opinión (Cochabamba) / 12 de mayo de 2013
René Quenallata – El Gobierno ultima detalles de un proyecto de ley, adecuado a la nueva Constitución Política del Estado, que busca promover estratégicamente y con prioridad la industrialización minera, a través de la facilitación de créditos, para la minería estatal, cooperativista y privada.
El Artículo 9 del proyecto de Ley Minera señala “se declara de carácter estratégico y de prioridad nacional la industrialización de minerales metálicos y no metálicos producidos en el territorio nacional”.
El presidente de la Federación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin), Albino García, y el diputado representante de los mineros estatales y miembro del Comité de Minería de la Comisión de Economía Plural de Diputados, Jaime Medrano, coincidieron, por separado, que la nueva medida legal no discrimina y considera a la estatal, privada y cooperativista por igual en las actividades mineras.
El proyecto de ley también establece que el Ministerio de Planificación del Desarrollo otorgará prioridad a los proyectos de industrialización de los productos del sector minero estatal, en la búsqueda y asignación de recursos de inversión y financiamiento externo.
Según el proyecto, los créditos u otras formas de financiamiento provenientes de entidades estatales, destinados a la transformación industrial de minerales metálicos y no metálicos de propiedad del Estado, se otorgarán en las condiciones más favorables vigentes para entidades de la misma naturaleza.
García dijo que en este emprendimiento también están incluidos los cooperativistas y privados, pues la norma señala que “el Estado a través de la ejecución de su política financiera fomentará la industrialización de minerales, metálicos y no metálicos de las cooperativas mineras”.
Asimismo, el Estado promoverá la industrialización de minerales, metálicos y no metálicos de la minería privada.
La propuesta, que se enviará al Legislativo para su consideración, aclara que los procesos de industrialización autorizados a las empresas mineras estatales podrán realizarse por la propia empresa o mediante una subsidiaria autorizada por decreto supremo, a solicitud de la entidad interesada.
La industrialización se entiende como el proceso de transformación de minerales y metales en bienes de capital, bienes de consumo intermedio y bienes de consumo final, cuando es resultado de la actividad minera.
El anteproyecto de ley ratifica que el Estado, en ejercicio de su facultad de administración, otorga y garantiza los derechos de prospección, exploración, uso y aprovechamiento de los recursos minerales a través de los actores productivos mineros en toda la cadena productiva, mediante reconocimiento de derechos, contratos, autorizaciones y licencias.
TRES EJES
Con la finalidad de ampliar y desarrollar el potencial minero, el Estado privilegia las actividades de cateo, prospección y exploración minera, como un medio imprescindible para la industrialización de recursos minerales metálicos y no metálicos.
Según el diputado Medrano, para este emprendimiento es vital priorizar la investigación, formación y desarrollo tecnológico, para el cambio cualitativo y cuantitativo de la minería y metalurgia del país.
El Estado otorga, reconoce, respeta y garantiza los derechos de los actores mineros en el uso y aprovechamiento de los recursos minerales metálicos y no metálicos en toda la cadena productiva, garantizando la inversión y el ejercicio pleno de sus actividades.
El Ministerio de Minería y Metalurgia y sus entidades especializadas fiscalizarán y supervisará la actividad minero metalúrgico en toda la cadena productiva.
Además, especifica la responsabilidad social que implica el aprovechamiento de recursos mineros, en el marco del desarrollo sustentable, orientado a mejorar la calidad de vida de las y los bolivianos.
El cateo es la búsqueda rudimentaria de indicios de mineralización en superficie.
La prospección es la búsqueda de indicios de mineralización en el suelo y subsuelo mediante métodos geológicos, geoquímicos, geofísicos y otros.
La exploración determina la dimensión y características del yacimiento, de la cantidad y calidad del mineral, y su evaluación para fines de desarrollo minero.
Estos tres elementos son fundamentales para asegurar recursos naturales destinados a la industrialización minera.
Áreas excluidas de concesión
El anteproyecto de Ley de Minería plantea respetar las áreas concedidas para las operaciones mineras antes de la vigencia de la norma y excluye áreas para la actividad de este sector de prospección terrestre, exploración o explotación, concentración, refinación y fundición.
El proyecto de ley prohíbe otorgar nuevas concesiones o autorizaciones para la actividad minera dentro de ciudades, poblaciones, cementerios y construcciones públicas o privadas.
Además, en la proximidad de carreteras, canales, lagos, embalses, ductos, vías férreas, líneas de transmisión de energía y comunicaciones, hasta los 100 metros.
“Se excluye esta actividad en la proximidad de cuarteles e instalaciones militares, hasta los 300 metros. En zonas de monumentos históricos y arqueológicos declarados por ley, hasta los 1000 metros.
En el caso de caminos, líneas férreas y líneas de transmisión de energía que conducen a las minas y centros de operación minera, no se aplica la exclusión señalada.