Anulan proceso judicial para expropiar el Hípico (Los Tiempos 11.03.2015)
A cuatro meses de iniciarse el proceso legal para la expropiación de los terrenos del Club Hípico Nacional, el Juzgado Décimo en lo Civil anuló obrados hasta fojas 107 y declaró inadmisible la demanda planteada por la Alcaldía en contra de los representantes del Hípico, según la resolución del 30 de enero.
Ante la anulación del juicio, la Alcaldía tiene la opción de negociar la compra forzada a través de la vía administrativa o mediante una ley específica como anunció el Concejo Municipal. El Juzgado Décimo en lo Civil argumentó que no tiene competencia para intervenir en la controversia por lo previsto en la Sentencia Constitucional 029/2013 modificada por la 1671/2013 y la derogación del Artículo 7 de la Ley Nacional de Expropiación de 1884.
La jueza Janeth Rivas Solíz explicó en su resolución que con la anulación del Artículo 7 de la Ley Nacional de Expropiación, los jueces pierden competencia para intervenir. En tanto que las sentencias constitucionales establecen tres requisitos para el proceso de expropiación.
La primera exigencia es contar con una declaración solemne de declaratoria de necesidad y utilidad pública del bien inmueble.
Luego, aplicar el proceso previamente establecido y finalmente estipuló que la ocupación se realizará una vez que se pague la indemnización. La jueza remarcó que en caso de seguir con la demanda puede incurrirse en usurpación de funciones.
El Juzgado Décimo en lo Civil reparó en la existencia de las sentencias y las modificaciones hechas a la Ley Nacional de Expropiación después de haber instruido dos peritajes del terreno de 175 hectáreas, que está considerado como área de equipamiento, pero cumple una función de área verde en la ciudad.
El primero peritaje estableció un “justo precio” de 34 millones de dólares y un segundo de 47 millones de dólares. Pero, la Alcaldía prevé pagar el valor catastral de 32 millones de bolivianos.
El abogado constitucionalista y presidente del Colegio de Abogados de Cochabamba, César Cabrera, explicó que la anterior ley de municipalidades (2028) definía previamente el proceso para la expropiación. En cambio, la actual normativa (482) sólo tiene un inciso. Precisó que prescindir del proceso judicial es vulnerar la Ley de Expropiación y el derecho a la propiedad privada consagrado en la Constitución Política del Estado.
El presidente Evo Morales encomendó en enero a las instituciones culminar la expropiación en dos meses, para no demorar más la construcción del estadio olímpico para Odesur 2018.
Odesur no exigió un estadio
La presidenta del Concejo Municipal, Beatriz Zegarra, informó que si bien Odesur no exige que se construya un estadio nuevo, sí existe la necesidad de edificar una nueva infraestructura porque el estadio Félix Capriles ya no soportaría una nueva intervención debido a su antigüedad y su ubicación sobre una laguna.
Ante los pedidos de que el predio se conserve como área verde y se destine a otras infraestructuras como un hospital, manifestó que la gestión del presidente Morales es la que más escuelas y hospitales ha construido. Agregó que las instalaciones de salud se van a llevar adelante en el marco de las competencias de los municipios y de la Gobernación.
Anunció que el proyecto es construir un estadio y una villa deportiva que sirva como un semillero de deportistas, para que la región aumente su capacidad competitiva. Los ambientalistas consideran que es importante conservar este espacio y expropiarlo, pero para construir un bosque urbano; no un monumento al cemento.