LEY PARA LA PREVENCIÓN, CONTENCIÓN Y TRATAMIENDE LA INFECCIÓN POR EL CORONAVIRUS (COVID-19)
El tratamiento para la infección por el Coronavirus (COVID-19), será otorgado por los establecimientos de salud del subsector público a la población afectada, de manera gratuita.
El Ministerio de Salud y las entidades territoriales autónomas, garantizarán la provisión de los insumos necesarios para los establecimientos de salud del subsector público que realicen el tratamiento de la infección por el Coronavirus (COVID-19).
Los entes gestores de la seguridad social, deberán garantizar a sus asegurados y beneficiarios, las medidas necesarias y oportunas para la prevención, contención y tratamiento de la infección por el Coronavirus (COVID-19) sin que esto signifique exclusividad en su atención, tomando en cuenta las excepciones contempladas en la Ley N° 1152 y su reglamento.