El presente Decreto Supremo tinene por objeto:
a) Reconocer los derechos laborales de todas las personas que sin ser asociado prestan servicios a las Coopertivas Mineras;
b) Modificar los Decretos Supremos Nº 21637; de 25 de junio de 1987 y Nº 27206, de 8 de octubre de 2003; modificado por el Decreto Supremo Nº 1326, de 15 de agosto de 2012;
c) Reglamentr el inciso p) del Artículo 87 de la Ley Nº535, de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia