El Servicio Nacional Técnico de Minas establecerá la metodología y el cronograma para la realización de las operaciones de campo del catastro minero, consistentes en la medición de las coordenadas del punto de partida y del punto de referencia de las concesiones mineras, cronograma que constituye el último plazo para los trabajos señalados y que no podrá exceder del 31 de diciembre de 1999.