Incorpóranse en los alcances del decreto supremo 23974, artículo 2do., inciso c) todos los conceptos que corresponde pagar a la Corporación Minera de Bolivia como impuestos, accesorios, multas, actualizaciones, intereses, actas de infracción y otros que correspondiesen por las conciliaciones practicadas al 31 de diciembre de 1994.