Un decreto permitirá devolver saldos a favor de las petroleras (La Razón, 06.6.13)
A través de un proyecto de decreto, el Gobierno busca un mecanismo para “la devolución de saldos” a favor de las petroleras, cuyos montos emergieron de la conciliación del pago de regalías y participación al TGN por la producción de hidrocarburos en el marco de la Ley 1689.
La Razón / Jimena Paredes / La Paz/ 06 de junio de 2013
A través de un proyecto de decreto, el Gobierno busca un mecanismo para “la devolución de saldos” a favor de las petroleras, cuyos montos emergieron de la conciliación del pago de regalías y participación al TGN por la producción de hidrocarburos en el marco de la Ley 1689.
Esta información corresponde a una nota de prensa del Ministerio de Hidrocarburos y Energía difundida ayer, en la que aclara que la propuesta del Gobierno no establece de ninguna manera el pago de regalías a través de Notas de Crédito Fiscal (Nocres) como informaron autoridades de algunas gobernaciones de las regiones productoras de hidrocarburos.
El boletín de prensa dice que el proyecto “tiene por objeto establecer el mecanismo para realizar la restitución de saldos a favor de los titulares (petroleras), emergentes de la conciliación de la liquidación de regalías y participación al TGN (Tesoro General de la Nación) por la producción de hidrocarburos al 19 de mayo de 2005, fecha en que se abroga la anterior Ley de Hidrocarburos 1689”.
Añade que las petroleras que suscribieron contratos de riesgo compartido con Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) efectuaron anteriormente pagos conforme a lo establecido en la Ley 1689 y el Decreto 24577 (que es reglamentario), generando saldos a su favor y en contra por diferentes conceptos.
El Ministerio de Hidrocarburos emitió un informe de Liquidación de Regalías y Participaciones al 19 de mayo de 2005, en el que establece “la existencia de esos saldos a favor y en contra para el TGN, las gobernaciones y los titulares”, dice la nota.
Como en la actualidad no existe una norma que reglamente la forma de devolución y acreditación de los saldos señalados, es que el ministerio del área pretende normar ese vacío, complementando el Decreto Supremo 28222 (Reglamento para la liquidación de regalías y la participación al TGN por la producción de hidrocarburos, del 27 de junio de 2005).
El proyecto de decreto, al que tuvo acceso La Razón, modifica el reglamento 28222, en su artículo 40. Con este cambio se establece la restitución de saldos bajo el siguiente procedimiento: “Los créditos resultantes del pago por la Regalía Departamental y Regalía Nacional Compensatoria serán certificados como devolución de saldos a favor del titular por el Ministerio de Hidrocarburos a través de los Estados de Cuentas correspondientes”, señala el proyecto de decreto.
Una vez que la cartera de Estado emita la certificación, la estatal YPFB realizará la restitución de saldos a favor de las petroleras a través de un “mecanismo de descuento” a aplicarse al procedimiento vigente de pago por concepto de regalías. La devolución se hará con recursos del descuento que YPFB realice mensualmente a los departamentos productores, indica el proyecto.
La norma establece que “los créditos resultantes de los pagos efectuados por concepto de la regalía complementaria y participación nacional a favor del TGN, que fueron abonados conforme a la Ley 1689, así como la participación al TGN en el marco de la Ley 3058, serán certificados por el Ministerio de Hidrocarburos y comunicados al Ministerio de Economía para la posterior emisión de notas de crédito fiscal a favor del titular (las empresas), las cuales podrán ser utilizadas para el pago de cualquier impuesto” administrado por el fisco.
Datos del proyecto normativo
Pagos
El proyecto de decreto establece que la totalidad de los saldos a pagar a los titulares se efectuará en el plazo de seis meses computables a partir de la vigencia del reglamento aprobado por resolución del Ministerio de Hidrocarburos.
Resolución
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y el Ministerio de Hidrocarburos y Energía reglamentarán el decreto (que saldrá) en el marco de sus competencias, mediante una resolución Bi-Ministerial en un plazo no mayor a 30 días de la publicación de la norma.
Regiones deberán devolver excedentes
Con el proyecto de decreto de devolución de saldos a las petroleras, la Gobernación de Santa Cruz cree que se va en contra de las regiones productoras que serán las que deberán restituir los excedentes por el pago de las regalías efectuadas con la Ley 1689.
“Si se hicieron pagos excedentarios vamos a tener que devolver, pero eso tiene que ser conciliado. No estamos de acuerdo con el decreto, por eso realizaremos una contrapropuesta para ver qué es lo que se adecúa a nosotros”, explicó a La Razón el secretario de Hidrocarburos de la Gobernación de Santa Cruz, Hugo Sosa.
Como propuesta, indicó que si antes las compañías petroleras que fueron nacionalizadas hacían el pago de manera directa con las gobernaciones, lo que se tendría que hacer ahora es que ellos “concilien” con las empresas afectadas.
“Las nacionalizadas hacían el pago directo de las regalías a las gobernaciones (con la Ley 1689), pero cuando sale la Ley 3058 YPFB, mediante el TGN (Tesoro General de la Nación), hace la cancelación. Hubo un saldo, en este caso en contra de las gobernaciones y a favor de los titulares (petroleras)”, añadió la autoridad. Por ello, consideró que las autoridades de Gobierno deberán explicar de dónde salen los saldos.
El proyecto de decreto, al que tuvo acceso La Razón, dice que en caso de que existan saldos a favor del Estado, que se generaron como efecto de los contratos de riesgo compartido con la Ley 1689, éstos deberán ser pagados una vez se cuente con una disposición judicial que lo determine.