Se ratifica que la nota fiscal por concepto de venta de derivados de hidrocarburos que otorga Y.P.F.B. debe consignar el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados por separado.
Se ratifica que la nota fiscal por concepto de venta de derivados de hidrocarburos que otorga Y.P.F.B. debe consignar el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados por separado.