EN EL CASO DE LA PETICIÓN DE:
ACCIÓN ABSTRACTA DE INCONSTITUCIONALIDAD QUE PRESENTÓ EL DEFENSOR DEL PUEBLO AL RESPECTO DE EL NUMERAL 1, PARÁGRAFO II, DEL ARTÍCULO 7 DE LA LEY 351 Y
EL INCISO G), ARTÍCULO 19, DEL DECRETO SUPREMO 1597
ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL DE BOLIVIA
OPINIÓN DE AMIGO DEL TRIBUNAL QUE PRESENTA MAINA KIAI, RELATOR ESPECIAL DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS A LA LIBERTAD DE REUNIÓN PACÍFICA Y ASOCIACIÓN