TCP declara Constitucional la Ley 222 y pide concertar la consulta post con indígenas (Erbol, 19-06-12)
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró hoy constitucional la ley 222, aprobada por el gobierno del MAS por exigencia de Conisur, pero aclaró que esa sentencia es condicionada al acuerdo que deben llegar entre el Poder Ejecutivo y las comunidades indígena.
Resumen del fallo judicial
2do. Declarar la constitucionalidad del artículo primero de la Ley 222, en cuanto a la presente ley tiene por objeto convocar al proceso de consulta previa libre e informada a los pueblos indígenas del Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) del artículo 7 de la Ley 222.
3ro. Declarar la constitucionalidad condicionada del artículo primero en cuanto a la frase “establecer el contenido de este proceso y sus procedimientos” y de los artículos 3 y 4 inciso a, 6 y 9 de la Ley 222 condicionada a su concertación, observando los razonamientos de la presente sentencia.
4to. Declarar improcedente la acción de inconstitucional abstracta formulada respecto al artículo 8 de la Ley 222.
5to. Instalar a los pueblos indígena originario campesinos habitantes del TIPNIS a que en el ejercicio de sus derechos y con el objeto de materializar los mismos, coadyuve con su felicitación a instalar un diálogo con el Estado, a objeto de asumir los acuerdos necesarios para efectivizar la consulta, propiciando para ello al interior de sus comunidades un proceso de concertación en que se establezca …
6to. Exhortar a la Asamblea Legislativa Plurinacional a ser coadyuvante en la facilitación de la concertación en la configuración de los acuerdos asumidos.
ADELANTO…